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Expertos en deducciones fiscales I+D+i para empresas innovadoras
Aprovecha el ahorro fiscal más potente del sistema tributario para tu actividad innovadora
En INCOTEC somos especialistas en la aplicación de deducciones fiscales por I+D+i, un incentivo clave para rentabilizar tu inversión en innovación, sin depender de convocatorias ni competir por fondos limitados.
Este instrumento permite reducir de forma directa la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades – incluso hasta el 100 %, en caso de ejercer la opción de monetización, – y es aplicable tanto a grandes grupos como a pymes y startups de cualquier sector.
"Las deducciones fiscales por I+D+i ofrecen múltiples ventajas: reducción de cuota en el impuesto sobre sociedades, compatibilidad con otras formas de ayuda, aplicación libre y general… sin duda es una de las vías más interesantes en cuanto a incentivos fiscales por innovación para las empresas."
Ana Murcia, Coordinadora de Fiscalidad I+D+i de INCOTEC
Departamento Deducciones Fiscales I+D+i
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ventajas
¿Por qué apostar por las deducciones fiscales I+D+i?
La deducción por actividades de I+D+i es uno de los incentivos fiscales más potentes del sistema tributario español. Representa una oportunidad estratégica para empresas que desarrollan actividad innovadora o mejoran procesos, con efectos económicos equiparables a una subvención, pero sin generar ingreso contable ni depender de convocatorias públicas.

Hasta un 42 % de deducción para proyectos de (I+D) y 12 % para proyectos de Innovación Tecnológica (IT)
- *Las deducciones en territorio foral se rigen por su propia normativa y casuística
- En las Islas Canarias esta deducción puede elevarse hasta un 75,6% para I+D y un 45% en el caso de IT.

Compatible con otras ayudas (subvenciones, bonificaciones…)

No tributa como ingreso contable

No se exige el éxito del proyecto, solo su ejecución y desarrollo

Deducción proporcional al gasto incurrido en actividades de I+D+i

Posibilidad de monetizar hasta el 80 % del importe generado, en caso de insuficiencia de cuota

Sistema objetivo, sin concurrencia competitiva, y accesible a cualquier empresa

Ahorro fiscal directo sobre el Impuesto de Sociedades
Qué hacemos en INCOTEC por tus deducciones fiscales por I+D+i
Nuestro equipo fiscal te ayuda a identificar y estructurar correctamente el contenido innovador de tus proyectos, con total seguridad y optimización de tiempos y resultados.
Identificación y análisis
- Identificación de proyectos fiscalmente deducibles según tu actividad y territorio de tributación
- Asesoramiento alineado con tu estrategia fiscal y técnica
Optimización documental y económica
- Estructuración del contenido innovador según criterios fiscales
- Evaluación y cálculo del gasto deducible aplicable al Impuesto sobre Sociedades
- Nos ocupamos íntegramente de la certificación del proyecto
- Nos ocupamos de la tramitación del informe motivado vinculante
Coordinación con tu asesoría fiscal
- Facilitamos la integración de la deducción en tu declaración del IS
- Coordinación jurídica y técnica para asegurar una aplicación coherente y segura
Resultados que marcan la diferencia
- +90 % de tasa de éxito en deducciones fiscales tramitadas (2020–2023)
- +860 millones € en gastos deducibles gestionados
- Oficinas en todo el territorio nacional para acompañarte según tu régimen fiscal
Estás invirtiendo en innovación. Haz que también mejore tu fiscalidad.
Contacta con INCOTEC y pongamos en valor tus proyectos de I+D+i desde el punto de vista tributario.
Preguntas frecuentes sobre las deducciones fiscales por I+D+i
¿Qué se considera I+D o Innovación Tecnológica?
La ley define I+D como creación de nuevo conocimiento o mejora sustancial; la IT como mejora de productos o procesos ya existentes. En ambos casos, aplican deducciones.
¿Puedo aplicar deducciones sin obtener beneficios?
Sí. Si no tienes cuota suficiente, puedes monetizar hasta el 80 % de la deducción generada, cumpliendo ciertos requisitos. También existe el mecanismo Tax Lease, que te permite ceder las deducciones generadas a cambio de financiación directa.
¿Es compatible con subvenciones?
Sí. Aunque el gasto subvencionado reduce la base deducible, ambas pueden coexistir en un mismo proyecto.
¿Qué seguridad jurídica tengo?
La seguridad jurídica en cuanto a la calificación del expediente como I+D / IT es completa con la obtención del Informe Motivado Vinculante, siendo similar con la certificación del expediente. La solicitud del Informe Motivado es obligatoria en caso de monetizar las deducciones fiscales, para el resto de situaciones tiene carácter potestativo.
¿Qué tipo de empresas pueden beneficiarse?
Todas. Desde pymes hasta grandes grupos, en cualquier sector. Lo importante es tener contenido tecnológico o innovador en tus actividades.
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