El ejercicio fiscal 2026 está en marcha. Para las empresas que desarrollan actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica (I+D+i), este periodo determina qué gastos podrán generar deducciones fiscales en el Impuesto de Sociedades.
Sin embargo, aprovechar este incentivo exige respetar un calendario preciso. La ejecución de los gastos, la preparación documental, la certificación de los proyectos y la propia declaración del impuesto siguen plazos concretos que conviene conocer y planificar con antelación.
En este artículo recogemos las fechas y fases clave que toda empresa innovadora debe tener presentes para aplicar sus deducciones por I+D+i con garantía.
“Cada euro invertido en innovación durante este año puede traducirse en un ahorro fiscal directo en la declaración que se presentará en julio de 2027”
Xavi Farga | Responsable Deducciones Fiscales I+D+i de Incotec
Los plazos que marcan tu deducción por I+D+i en el Impuesto de Sociedades 2026
El proceso para aplicar las deducciones por I+D+i se estructura en varias fases a lo largo de 2026 y 2027. Cada una tiene implicaciones directas sobre la deducción final. Conocer estos plazos permite actuar con margen suficiente y evitar tensiones de última hora.
| Fecha | Fase | Qué debe hacer tu empresa |
| 1 ene – 31 dic 2026 | Ejecución del gasto | Realizar las actividades de I+D+i y ejecutar el gasto deducible. Solo los gastos efectuados dentro de este periodo impositivo generan derecho a deducción para este ejercicio. |
| Ene – Jun 2027 | Documentación y certificación | Identificar los gastos asociados a I+D+i, preparar las memorias técnico-económicas de cada proyecto, consolidar las partidas y calcular la deducción. Si se va a solicitar un Informe Motivado Vinculante (IMV), iniciar el proceso de certificación técnica. |
| 1 – 25 Jul 2027 | Declaración del IS (modelo 200) | Presentar la declaración del Impuesto de Sociedades del ejercicio 2026. Es el momento de decidir si se aplica la deducción directamente, si se reserva para ejercicios futuros o si se opta por la monetización. |
| Hasta 25 Jul 2027 | Informe Motivado Vinculante | Plazo máximo para solicitar el IMV al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (MICINN), herramienta clave de seguridad jurídica ante la Administración tributaria. |
| Abr / Oct / Dic 2026 | Pagos fraccionados (modelo 202) | La empresa realiza los pagos a cuenta del IS durante el ejercicio. Es recomendable integrar la deducción esperada por I+D+i en la planificación de liquidez. |
*IMPORTANTE: Plazos para empresas con año fiscal natural
La fase más crítica es la de documentación (enero-junio 2027). Aunque no está sujeta a un plazo legal estricto, su correcta planificación marca la diferencia entre aplicar la deducción con rigor o hacerlo con prisas e incertidumbre. Actuar en julio de 2027 sin haber preparado la documentación es llegar tarde.
¿Tu empresa realiza actividades de I+D+i sin saberlo?
Una parte significativa de las empresas innovadoras en España no identifica correctamente sus actividades de I+D+i. En muchos casos, los equipos técnicos llevan años resolviendo retos de ingeniería, desarrollando productos o mejorando procesos sin que la empresa haya evaluado si esas actividades generan derecho a deducción fiscal.
Estos son algunos escenarios habituales que suelen dar lugar a actividades de I+D+i con potencial deducible:
Tu empresa ha diseñado o fabricado un producto nuevo…
…ya sea físico o de software. El proceso de concepción, prototipado y validación suele incorporar componentes de investigación y desarrollo que la normativa fiscal reconoce.
Has implantado un proceso de producción que ha mejorado la productividad
Cuando esa mejora se ha conseguido resolviendo incertidumbres técnicas, es probable que se trate de una actividad de desarrollo o innovación tecnológica.
Has subcontratado desarrollo tecnológico a universidades, centros tecnológicos o proveedores especializados
Los gastos en colaboraciones externas de I+D+i también forman parte de la base de deducción, siempre que estén debidamente documentados.
Tienes personal técnico dedicado a resolver retos de ingeniería, diseño o formulación
Los costes de personal investigador adscritos a proyectos de I+D+i constituyen una de las partidas de gasto más relevantes en la deducción.
Has adquirido equipos, materiales o prototipos específicos para un proyecto de desarrollo
Las inversiones en inmovilizado material con dedicación exclusiva a actividades de I+D generan una deducción adicional.
Si tu empresa se reconoce en alguno de estos escenarios, probablemente está ejecutando actividades de I+D+i que generan deducción en el Impuesto de Sociedades. El primer paso es identificarlas correctamente y evaluar su encaje fiscal.
I+D o innovación tecnológica: los plazos importan, pero la clasificación también
No todas las actividades de innovación generan la misma deducción. La Ley 27/2014 distingue entre actividades de investigación y desarrollo (I+D) y actividades de innovación tecnológica (IT), y la diferencia fiscal es sustancial.
Un proyecto clasificado como I+D puede generar deducciones de entre el 25 % y el 42 % de los gastos asociados. En cambio, un proyecto clasificado como innovación tecnológica genera una deducción del 12 %. Esa diferencia puede multiplicar por tres o más el ahorro fiscal para una misma inversión en innovación.
La clasificación correcta requiere un análisis técnico especializado que evalúe el grado de novedad del proyecto, el estado del arte en su ámbito y la naturaleza de las incertidumbres tecnológicas abordadas. Es uno de los pasos donde la experiencia de una consultora especializada aporta mayor valor.
Optimiza tu Impuesto de Sociedades antes del cierre del ejercicio 2026
Las deducciones por I+D+i representan uno de los mecanismos más potentes para reducir la cuota del Impuesto de Sociedades, pero no son los únicos. Antes de que concluya el ejercicio fiscal el 31 de diciembre de 2026, conviene revisar también otros instrumentos de optimización fiscal disponibles: amortizaciones aceleradas, compensación de bases imponibles negativas, reserva de capitalización o provisiones.
Una planificación fiscal integral, que combine los incentivos a la I+D+i con el resto de mecanismos, permite maximizar el ahorro y presentar la declaración del IS con plena seguridad.
El último plazo: asegurar tu deducción ante Hacienda
Las empresas que aplican deducciones por I+D+i en su Impuesto de Sociedades disponen hasta la fecha de presentación de la declaración para solicitar un informe motivado vinculante (IMV).
Este informe es el mecanismo que garantiza que la calificación del proyecto y la base de deducción no serán discutidas por la Agencia Tributaria. En la práctica, esto significa que el plazo para blindar la deducción coincide con el de julio de 2027 y conviene iniciar los trámites con antelación suficiente.
Desde la identificación hasta la aplicación: así te acompañamos
En Incotec acompañamos a empresas innovadoras en todo el proceso de obtención y aplicación de las deducciones fiscales por I+D+i:
1. Identificación de actividad fiscalmente deducibleAnalizamos los proyectos y actividades de tu empresa para detectar cuáles encajan en los criterios de I+D o innovación tecnológica, alineando el análisis con tu estrategia fiscal y técnica. |
2. Estructuración y cálculo del gasto deducibleOrganizamos el contenido innovador de cada proyecto según los criterios fiscales aplicables y calculamos la base de deducción correspondiente al Impuesto de Sociedades. |
3. Certificación del proyecto y tramitación del IMVNos ocupamos íntegramente de la certificación técnica del proyecto y de la tramitación del Informe Motivado Vinculante ante el MICINN. |
4. Integración en la declaración del ISFacilitamos la incorporación de la deducción en la declaración del impuesto, con coordination jurídica y técnica para asegurar una aplicación coherente y segura. |
Cifras de Incotec
+860 millones € en gastos deducibles gestionados.
+90 % de tasa de éxito en deducciones fiscales tramitadas (2024–2025).
Presencia en todo el territorio nacional.
Departamento Deducciones Fiscales I+D+i
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Preguntas frecuentes
¿Cuándo se presenta el Impuesto de Sociedades del ejercicio 2026?
La declaración del Impuesto de Sociedades del ejercicio 2026 se presenta mediante el modelo 200, durante los 25 días naturales del mes de julio de 2027 para empresas cuyo ejercicio coincide con el año natural. Si se opta por domiciliación bancaria, el plazo se adelanta unos días.
¿Qué tipo de empresas pueden aplicar deducciones por I+D+i?
Cualquier empresa que realice actividades de investigación, desarrollo o innovación tecnológica puede aplicar deducciones en su Impuesto de Sociedades, independientemente de su tamaño, sector o CNAE. No existe concurrencia competitiva: la deducción se genera por la propia actividad de la empresa.
¿Cuál es la diferencia fiscal entre I+D e innovación tecnológica?
La Ley 27/2014 distingue entre ambas categorías con porcentajes de deducción diferentes. Las actividades de investigación y desarrollo (I+D) pueden generar deducciones de entre el 25 % y el 42 % de los gastos. Las de innovación tecnológica (IT) generan una deducción del 12 %. Una clasificación correcta puede multiplicar el ahorro fiscal.
¿Quién puede ayudar a mi empresa a gestionar las deducciones por I+D+i?
Una consultora especializada en incentivos fiscales a la innovación como Incotec. Su experiencia le permite encargarse de todo el proceso: desde la identificación de los proyectos y gastos elegibles hasta la certificación técnica, la tramitación del informe motivado y la integración de la deducción en la declaración del Impuesto de Sociedades. En Incotec llevamos más de 25 años acompañando a empresas innovadoras en este proceso, con más de 860 millones de euros en gastos deducibles gestionados.